Para EDICIONES GAMMA S.A., el Gobierno Corporativo se entenderá como un conjunto de principios, políticas y medidas empresariales que permiten el fortalecimiento de las estructuras de dirección, administración y supervisión eficaces y transparentes.
El Gobierno Corporativo es entonces una decisión para crear valor y generar confianza en los accionistas de las Compañías y sus Grupos de Interés.
Formaliza los principios y políticas de transparencia, conducta y ética que tiene una Sociedad.
Establece las competencias y los órganos que toman decisiones al interior de una Empresa.
Permite identificar el tipo de información a revelar por parte de una Compañía y los mecanismos a través de los cuales se realiza tal divulgación.
Fomenta en los diferentes Grupos de Interés al interior de una Compañía una cultura basada en transparencia y ética.
A largo plazo, genera confianza en todos los Grupos de Interés de una Sociedad, tanto internos como externos.
Código de Comercio de 1971.
Circular Externa 115-000011 de 2008 Supersociedades (Marco integral sobre Revisoría Fiscal).
Circular Externa 100-006 de 2008 Supersociedades (Régimen de los Administradores).
Ley 222 de 1995 (Por la cual se modifica el Código de Comercio).
Ley 446 de 1998 (Sobre descongestión de los despachos judiciales).
Nota: Información con corte a 30 de noviembre de 2008.
EDICIONES GAMMA S.A. define a sus Grupos de Interés como todas aquellas personas o grupos que son parte de la Compañía, o que se encuentran vinculados a la Sociedad por su interacción con ella a través de las actividades de la Empresa y cuyas características comunes permiten considerarlos como beneficiarios de las reglas de Buen Gobierno.
Identificación de Grupos de Interés.
Derechos de los Accionistas.
Juntas Directivas y Alta Dirección.
Control Externo e Interno.
Información y Transparencia.
Administración y Resolución de Conflictos de Interés.
Solución de Controversias.
En octubre de 2008, la Superintendencia de Sociedades, a través de la Circular Externa 115-000011 de 2008, impartió instrucciones relacionadas con la racionalización de las funciones de los Revisores Fiscales de las entidades supervisadas por esta Superintendencia, como órgano encargado de ejercer vigilancia permanente de la actividad social de las Compañías.
En esta Circular, la Supersociedades recoge el marco integral sobre Revisoría Fiscal e incorpora diferentes e importantes elementos de Gobierno Corporativo, en especial dirigidos a garantizar la independencia y objetividad en el desarrollo de sus funciones, tales como:
Rotar a las personas que al interior de una Compañía adelantan la función de Revisoría Fiscal con una periodicidad de por lo menos cinco (5) años.
No contratar los servicios de Revisoría Fiscal con personas o firmas que hayan recibido ingresos por parte de la Compañía, de su matriz o de sus subordinadas, que representen el 25% o más de los últimos ingresos anuales del Revisor Fiscal.
Se estipula la exclusividad del servicio, por lo cual dentro de la Compañía y/o sus subordinadas no se deberán contratar con el Revisor Fiscal servicios diferentes al de Revisoría, tales como outsourcing, auditoría y/o asesoría tributaria.
Esta Circular fue realizada en un trabajo conjunto con la Superintendencia Financiera de Colombia, para efectos de la armonización de criterios y parámetros generales que deben regir la gestión de los Revisores Fiscales de las entidades sujetas a inspección, vigilancia y/o control de las dos superintendencias.